Mediadores de la IMIB

En la IMIB contamos con un grupo de mediadores altamente cualificados en la gestión de conflictos

Formación de los mediadores de la IMIB

Como Institución de Mediación que quiere garantizar la máxima calidad de su servicio, la IMIB selecciona a los profesionales que pueden acceder a su registro, exigiendo, además de los requerimientos de la Ley 5/2012:

  • Título y acreditación de haber superado, al menos, un curso de Experto Universitario en mediación, con 15 créditos ECTS teórico-prácticos.

  • Certificado del Colegio profesional (en caso de colegiación obligatoria) en el que se haga constar la inexistencia de sanción o nota desfavorable del colegiado en los últimos tres años (a excepción de los colegiados ejercientes en el ICAIB, a los que se les comprobará de oficio).

Nuestros profesionales cumplen con el requisito legal de formación continua. Asisten regularmente a cursos, jornadas y congresos nacionales e internacionales.

Quiero ser mediador de la IMIB

  • A partir del día 15 de enero de 2021 se abre el plazo para solicitar la inscripción como mediador/a en el listado de la Institución de Mediación de las Islas Baleares (IMIB). Conforme establece el art. 4.2 del Reglamento de la IMIB y a lo acordado en Junta de la IMIB de fecha 18 de junio de 2013, en cualquier caso el mediador deberá:

    • a) Hallarse en el pleno disfrute de sus derechos civiles y carecer de antecedentes penales por delito doloso.
    • b) Contar con la formación específica para ejercer la mediación conforme establezca la normativa vigente, así como las características y el perfil requerido por la propia IMIB (contar con, al menos un título de Experto Universitario en mediación, con 15 créditos ECTS teórico-prácticos).
    • c) Tener suscrito un seguro que cubra la responsabilidad civil derivada de su actuación en los conflictos en que intervengan.
  • Los interesados deberán aportar, junto con su solicitud, los siguientes documentos:

    • Título oficial universitario o de formación profesional superior válido en España.
    • Título y acreditación de haber superado, al menos, un curso de Experto Universitario en mediación, con 15 créditos ECTS teórico-prácticos.
    • Certificado del Colegio profesional (en caso de colegiación obligatoria) en el que se haga constar la inexistencia de sanción o nota desfavorable del colegiado en los últimos tres años (a excepción de los colegiados ejercientes en el ICAIB, a los que se les comprobará de oficio).
    • Cualquier otro documento que acredite formación adicional y experiencia en mediación del solicitante.
    • Tener suscrito un seguro que cubra la responsabilidad civil derivada de su actuación en los conflictos en que intervengan (a excepción de los colegiados ejercientes en el ICAIB).
    • Indicar en la solicitud: las materias sobre las que desean mediar: civil, mercantil, familia y lugar en el que ofrecen prestar su servicio (Mallorca, Menorca, Ibiza)
  • La solicitud y los documentos adjuntos deberán remitirse a la dirección info@imibalears.es

  • El plazo de admisión de solicitudes finalizará el día 31 de enero de 2021